Se creará el Registro Estatal para el Fomento y Participación de las Organizaciones
Por Reyes Gamez
Monterrey, México (Agencia de Noticias 3er Sector).- Con la finalidad de que el Estado brinde una mejor atención y apoyo a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), el Congreso de Nuevo León aprobó la Ley de Fomento de la Sociedad Civil Organizada, la cual consta de 32 artículos y cinco transitorios.
Con dicha legislación se buscará brindar capacitación, asesoría, financiamiento público y mejorar el autofinanciamiento de las OSC.
Además contempla también la creación del Registro Estatal para el Fomento y Participación de las Organizaciones, así como la creación del Comité Técnico para el Fomento de las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
La Ley también considera medidas disciplinarias, las cuales buscan garantizar la regularidad en el cumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley, evitar daños a la hacienda, al patrimonio público o proteger derechos de terceros.
En uno de los artículos transitorios de la Ley se establece que "el Poder Ejecutivo del Estado en un término no mayor de 90 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, expedirá el Reglamento de la misma", mientras que otro artículo transitorio menciona que "la Secretaría de Desarrollo Social del Estado, tendrá un plazo de 90 días hábiles para modificar las reglas de operación del programa de “Apoyo a Organizaciones de la Sociedad Civil en Materia de Asistencia y Desarrollo Social” públicas en el Periódico Oficial el 20 de marzo de 2020, conforme a lo establecido en la presente Ley".
Lo relevante
En la Ley se subraya que "las actividades de asistencia social serán las acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión, desventaja física y mental, coadyuvando a lograr su incorporación a una vida plena y productiva".
La legislación señala que las Actividades de fomento son "las acciones, programas y apoyos de carácter económico, jurídico, social, de capacitación técnica, adiestramiento y apoyo tecnológico que contribuyan al desarrollo, fortalecimiento y competitividad de las organizaciones de la sociedad civil a mediano y largo plazo", en tanto que las agrupaciones son "los colectivos de ciudadanos o personas voluntarias sin ánimo de lucro organizados, que, sin estar constituidos legalmente, sus actividades están relacionadas con alguna de las señaladas en el artículo 4 de la presente Ley y que se encuentren debidamente registrados en términos de la presente Ley".
Además "se excluye del objeto de esta Ley, las empresas que integran el sector privado, sean individuales o constituidas como sociedades de personas o de capital, que tengan como objeto la realización de actividades mercantiles, especulativas o de actos de comercio con terceros con fines lucrativos. Se excluyen también a las organizaciones de la sociedad civil que bajo cualquier carácter se encuentren vinculados, directa o indirectamente, a partidos políticos o agrupaciones políticas".
La Ley establece que las actividades de las OSC, redes y agrupaciones son las siguientes:
Asistencia social, Apoyo a la alimentación popular, Asistencia y difusión jurídica, Acciones a favor de comunidades rurales y urbanas marginadas, así como de apoyo para el desarrollo de la población indígena; Apoyo y acciones para la atención y beneficio de Personas con Discapacidad, Personas Adultas Mayores, niñas, niños y adolescentes, madres solteras y en general para apoyar a grupos y personas en condiciones sociales de vulnerabilidad o bien que incentiven el desarrollo humano;
Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público; De transparencia, rendición de cuentas, contraloría social y evaluación de la gestión pública; Promoción de la equidad de género y la igualdad de oportunidades, pugnar por la eliminación de toda forma de discriminación y violencia hacia las mujeres, niñas, niños, adolescentes, así como grupos vulnerables.
Promover la integración familiar; Cooperación para el desarrollo comunitario en el entorno urbano o rural; Defensa y promoción de los derechos humanos; Promoción del deporte y la sana recreación; Protección de la salud física y mental, impulso de la sanidad y combate a las adicciones; Apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente, la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la promoción del desarrollo sustentable.
El fortalecimiento de las acciones de apoyo para la protección y bienestar animal; Promoción y fomento educativo, cultural, artístico, ambiental, científico y tecnológico.
Fomento de acciones para mejorar la economía popular; Promoción de actividades que contribuyan a la organización y expansión del sector social de la economía para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios; Estímulo de la capacidad productiva de grupos sociales beneficiarios a fin de procurar su autosuficiencia;
Participación en acciones de protección civil; Promoción y defensa de los derechos de los consumidores; Acciones que promuevan el fortalecimiento del tejido social, la seguridad ciudadana, la paz y el estado de derecho.
Promoción de la capacitación y certificación de los profesionistas de una misma rama o especialidad.
Impulsen la realización de obras y la prestación de servicios públicos para beneficio de la comunidad.
Acciones para el desarrollo de las bellas artes, las tradiciones populares y la restauración y mantenimiento de monumentos y sitios arqueológicos, artísticos e históricos, así como la preservación del patrimonio cultural; y Prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento por esta Ley.
En el dictamen del decreto de dicha ley, los diputados dijeron que "la creciente participación de la sociedad civil en la política mexicana ha fortalecido la toma de decisiones en asuntos de trascendencia como la política de migración, cambio climático, desarrollo sostenible, derechos humanos, transparencia y la protección de la biodiversidad. Consideramos que, esta práctica es uno de los mayores aciertos de la política hoy en día, que ha ayudado a la edificación de la gobernabilidad democrática y de la gobernanza en general, propiciando la incidencia efectiva de la sociedad civil en la definición de la Agenda Pública, haciéndola más cercana a las prioridades concretas de la población y su desarrollo".