Se efectuaron pagos a 33 beneficiarios que no cumplieron las reglas de operación
Por Reyes Gamez
Monterrey, México (Agencia de Noticias 3er Sector).- La Auditoría Superior de la Federación (ASF) informó que en la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2021 en el Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente , se determinaron deficiencias por 128 millones 18 mil 50 pesos, ya que se identificó falta de documentación comprobatoria que sustente los pagos efectuados por casi 91.7 millones de pesos a las instancias denominadas Fundación Teletón, A.C., Fundación de Rehabilitación Infantil Teletón, A.C., Fundación Teletón, Institución de Asistencia Privada, y Los Ojos de Dios, A.C.
"Se presume un probable daño o perjuicio, o ambos, a la Hacienda Pública Federal por un monto de 91,676,050.00 pesos (noventa y un millones seiscientos setenta y seis mil cincuenta pesos 00/100 M.N.), por concepto de falta de documentación comprobatoria (vales que contienen la firma de los beneficiarios por la recepción de los servicios, copia de la identificación oficial de los beneficiarios padre o tutor, así como la conciliación contable que lleva acabo la Secretaría de Bienestar y las prestadoras de servicios) que sustente los servicios prestados a los beneficiarios en contraprestación del pago realizado a las instituciones denominadas Fundación Teletón México, A.C.; Fundación de Rehabilitación Infantil Teletón, A.C. (FRITAC); Fundación Teletón, Institución de Asistencia Privada (FTIAP), y Los Ojos de Dios, A.C.", señaló la ASF.
Cabe recordar que la Secretaría de Bienestar estableció Convenios con instituciones privadas para el otorgamiento de los apoyos en especie, ya que "se formalizaron cuatro convenios, con vigencia al 31 de diciembre de 2021, entre la Secretaría de Bienestar y las fundaciones siguientes: Fundación Teletón México, A.C.; Fundación de Rehabilitación Infantil Teletón, A.C. (FRITAC); Fundación Teletón, Institución de Asistencia Privada (FTIAP) y Los Ojos de Dios, A.C., instituciones que otorgaron los apoyos en especie de acuerdo con el numeral “4.5 Entrega de Apoyos en Especie”; el objeto de los convenios fue brindar los servicios de rehabilitación a los beneficiarios de 0 a 17 años de edad, e indicar el monto pagado a las instituciones, la vigencia y el lugar de otorgamiento de los servicios, así como la vigencia de los vales que la Secretaría de Bienestar otorga a los beneficiarios, el proceso de recepción de los vales para ser conciliados, las obligaciones y la operación del programa".
En el informe de la ASF se detalló que "como parte de las obligaciones contraídas por estas prestadoras de servicios se acordó, en el inciso c de la cláusula tercera de los cuatro convenios, que las prestadoras de servicios realizarían la entrega a la Secretaría del Bienestar de los “Vales” que recibieron de cada beneficiario, los cuales debían estar firmados y acompañados de una copia de la identificación oficial del beneficiario, padre o tutor, así como de una copia de la lista de asistencia firmada por el beneficiario, con la finalidad de que la Secretaría del Bienestar pueda realizar una conciliación contable de los “Vales” y así determinar que se alcanzó el límite de servicios en función del monto pagado a cada prestadora de servicios. Cabe mencionar que el tipo de servicios a proporcionar, así como su costo individual, se detallan en el Anexo Único de los tres convenios, y van desde servicios sin costo hasta los 0.7 miles de pesos; en el caso del convenio celebrado con Los Ojos de Dios, A.C., no se proporcionó el Anexo Único que contiene los costos por cada servicio prestado".
La ASF agregó que para constatar el cumplimiento de lo anterior, mediante el oficio número DGAFFB/B1/0549/2022 del 3 de mayo de 2022, se solicitó a la Secretaría de Bienestar, los “Entregables, documentos o información que sustenten el cumplimiento de cada una de las cláusulas señaladas en los convenios y en sus respectivos Anexos Únicos, que formalizó la Secretaría de Bienestar con los establecimientos de salud pública o privada especializada…”.
Al respecto, la Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPP) proporcionó un archivo denominado “ACUSES DE ENTREGA 2021 LOTE 1 (1).xlsm”, el cual contiene la integración de 5,927 beneficiarios a los que se les entregaron los “Vales”, 414 no entregados y 626 pendientes; dicho archivo incluye, entre otros, la entidad, localidad, municipio y región, el ID y el nombre del titular; sin embargo, no permite identificar el nombre de la prestadora de servicios que otorgó el servicio, el tipo de servicio, ni el costo de cada servicio otorgado.
La Secretaría de Bienestar le indicó a la ASF que el costo por beneficiario para los vales de bienestar de Fundación Teletón México, A.C.; Fundación de Rehabilitación Infantil Teletón, A.C. (FRITAC); Fundación Teletón, Institución de Asistencia Privada (FTIAP), y Los Ojos de Dios, A.C., para el periodo 2021 (Noviembre-Diciembre) asciende a un costo promedio de 18.5 miles de pesos que atendieron a un total de 5,827 beneficiarios, y de 13.0 miles de pesos que atendieron a un total de 100 beneficiarios, respectivamente, lo cual da el costo total de 109,300.0 miles de pesos; sin embargo, ello corresponde al costo promedio, lo cual limitó la determinación del costo de cada consulta de rehabilitación que se otorgó a cada uno de los beneficiarios de acuerdo con los costos establecidos en el Anexo Único de los convenios de cada una de las instituciones de salud a las que se les transfirió el recurso.
Además la Secretaría de Bienestar a través de la Dirección General de Atención a Grupos Prioritarios remitió 244 archivos de servicios prestados como comprobación de los mismos, la ASF señaló que de la revisión de los citados 244 archivos se determinó que contienen las hojas de control de asistencia con los vales respectivos, los cuales indican el tipo de servicio proporcionado, el nombre, la firma, y el número del ID Beneficiario y del Auxiliar; sin embargo, no se anexa la copia de la identificación oficial de los beneficiarios, así como el costo de cada servicio otorgado, requisitos que son establecidos en los convenios celebrados con las Instituciones de Salud.
Asimismo, dicha información contiene 40,925 vales incluidos en las referidas hojas de control de asistencias, de los que se constató que 35,942 vales, de acuerdo con el tipo de servicio de cada uno de ellos y su costo unitario, asciende a un total de 17,623.9 miles de pesos, los cuales, como se señaló, corresponden a los servicios prestados por las Instituciones de Salud por sesiones de rehabilitación y consultas o valoraciones efectuadas, entre otras, así como 4,983 vales con el concepto de “otros” de los que no se pudo determinar el tipo de servicio, y por ende, su costo respectivo.
"Con base en lo anterior, del monto pagado a las Instituciones de Salud por 109,300.0 miles de pesos, se pudo comprobar, con los citados vales de servicios prestados, el referido importe de 17,623.9 miles de pesos, por lo que aún queda pendiente de acreditar un monto de 91,676.1 miles de pesos, de lo cual la Secretaría de Bienestar, al cierre de la auditoría (enero 2023), no proporcionó la información y documentación comprobatoria correspondiente, y tampoco entregó la conciliación contable establecida en el inciso “d” de la cláusula tercera de los convenios formalizados con las Instituciones de Salud en la cual se determina el número y costo de los servicios otorgados al término de la vigencia de los convenios, esto es, al 31 de diciembre de 2021.
Cabe mencionar que la Secretaría de Bienestar en el caso de que las Instituciones de Salud no hubiesen prestado la totalidad de los servicios de conformidad con la referida conciliación contable, tendría que solicitar a las mismas la devolución de las cantidades que resultasen a favor de la Secretaría del Bienestar", mencionó la ASF.
Además se revisaron 15,066.1 mdp los cuales representan el 100.0% del presupuesto ejercido, encontrando que falta de documentación comprobatoria a 263 órdenes de pago del Banco del Bienestar que sustente los apoyos otorgados por 0.7 mdp a los beneficiarios del programa en los estados de Chiapas y Oaxaca. Asimismo, se determinaron deficiencias en la operación del programa, toda vez que a 3,351 personas se les efectuaron pagos duplicados en un mismo bimestre por un importe de 35.6 mdp.
Se efectuaron pagos a 33 beneficiarios que no cumplieron con las características establecidas en las reglas de operación del programa, referentes a la pertenencia a una población indígena o afromexicana, o vivir en zonas de alta o muy alta marginación. Asimismo, a 30 beneficiarios se les realizó un “pago de marcha” aun cuando su Cédula Única de Registro de Población (CURP) se encontró con estatus de “activa” en el Registro Nacional de Población (RENAPO). Por último, se realizaron pagos a 6 beneficiarios, aunque rebasaban la edad límite establecida para recibir los apoyos.
"El objetivo del Programa presupuestario (Pp) S286 "Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente" es otorgar apoyos económicos, a través de una transferencia monetaria de manera bimestral y directa, a personas con discapacidad permanente, niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 29 años de edad y personas de 30 y hasta un día antes de cumplir los 65 años de edad, con "deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”. Se revisaron 15,066.1 mdp los cuales representan el 100.0% del presupuesto ejercido en la partida 43101 “Subsidios a la producción” del Pp", mencionó la ASF.
"Se presume un probable daño o perjuicio, o ambos, a la Hacienda Pública Federal por un monto de 710,100.00 pesos (setecientos diez mil cien pesos 00/100 M.N.), por concepto de falta de documentación comprobatoria correspondiente a 263 órdenes de pago del Banco del Bienestar que sustente el pago realizado a los beneficiarios del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente en los estados de Chiapas y Oaxaca", dijo el organismo.
La ASF también emitió la "Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria para que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar o su equivalente realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por las irregularidades de los servidores públicos que, en su gestión, no supervisaron que 649 beneficiarios carecen de la Clave Única de Registro Poblacional en el Padrón de Beneficiarios, y no validaron las Claves Únicas de Registro Poblacional de 4,605 beneficiarios, no reconocidas por el Registro Nacional de Población".
Además la "Auditoría Superior de la Federación emite la Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria para que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar o su equivalente realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por las irregularidades de los servidores públicos que, en su gestión, realizaron pagos en el ejercicio 2021 a 34 beneficiarios por 91.8 miles de pesos que, de acuerdo con la información proporcionada por el Registro Nacional de Población e Identidad (RENAPO), fallecieron entre enero y octubre de 2020, y a 15 beneficiarios que recibieron 15 pagos por 40.5 miles de pesos de forma posterior a su fecha de defunción ocurrida entre marzo y agosto de 2021".