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ONU expresa preocupación de que en México el enfoque de DH Pcd sea desplazado por modelo "asistencialista"

Inclusión Social
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Las Pcd deben acceder a las mismas oportunidades que el resto de la población

Por Reyes Gamez

Monterrey, México (Agencia de Noticias 3er Sector).- Catalina Devandas Aguilar, Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad de la ONU, manifiesta su preocupación de que el Estado Mexicano pueda desplazar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad por un enfoque desactualizado que no es concordante con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD).

 

"Me preocupa que el enfoque de derechos humanos que introduce la CDPD sea desplazado por un enfoque desactualizado, en donde las necesidades de las personas con discapacidad se quieran remediar de manera asistencialista y no a través de intervenciones públicas tendientes a eliminar las barreras sociales que limitan la participación plena de las personas con discapacidad", expresó Devandas en una comunicación dirigida el pasado 3 de Mayo del 2019 al Secretario de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos, Marcelo Ebrard Casaubón.

Agrega que "como Estado Parte de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, el Gobierno de Su Excelencia tiene la obligación de garantizar los derechos de este colectivo en igualdad de condiciones con los demás. Esto incluye el imperativo de atender adecuadamente las necesidades específicas de las personas con discapacidad mediante políticas de Estado tendientes a eliminar todos aquellos obstáculos físicos y sociales que les impiden disfrutar plenamente de sus derechos humanos, y además coadyuvar con sus familias para que en lo individual y como núcleo social estén en posibilidad de acceder a las mismas oportunidades que el resto de la población".

Hay que recordar que dicha comunicación es la respuesta que la Relatora da a la Información recibida el pasado mes de Diciembre del 2018 por parte de integrantes de la sociedad civil organizada de México., en relación con el anuncio sobre la posible disolución del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONADIS) o su retrocesión a una subdirección de la Secretaría de Bienestar, 

En dicha información le expresaban "la posible disolución del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONADIS) o su retrocesión a una subdirección de la Secretaría de Bienestar".

Por ello en su comunicación dirigida al Estado Mexicano, la Relatora les expresa su "grave preocupación sobre el anuncio de la posible disolución del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, o su retrocesión a una subdirección de la Secretaría de Bienestar. La Convención, en su artículo 33 inciso 1 relativo a la aplicación y seguimientos nacionales, establece que “los Estados Partes, de conformidad con su sistema organizativo, designarán uno o más organismos gubernamentales encargados de las cuestiones relativas a la aplicación de la presente Convención, y considerarán detenidamente la posibilidad de establecer o designar un mecanismo de coordinación para facilitar la adopción de medidas al respecto en diferente sectores y a diferentes niveles”.

En este sentido, el CONADIS fue diseñado para servir como un punto focal para coordinar las políticas relacionadas con los derechos de las personas con discapacidades en todas las agencias federales, que incluyen accesibilidad, acceso a la justicia, vida independiente, educación y participación política, entre otros. El Consejo tiene entonces la importante función de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de derechos humanos adquiridas por México al ratificar la CDPD".

Subraya que "quisiera colaborar con el Gobierno de Su Excelencia en una discusión constructiva y basada en los derechos humanos sobre las preocupaciones planteadas anteriormente con respecto al CONADIS. El propósito de esta comunicación es alentar al Gobierno de Su Excelencia a adoptar los pasos necesarios para revisar y fortalecer el papel del CONADIS, de modo que pueda cumplir con éxito su función de coordinación de las respuestas nacionales en materia de protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad, en lugar de eliminarlo".

Y "quisiera recordar la obligación del Gobierno de Su Excelencia, con respecto al artículo 4, párrafo 3 de la Convención, de consultar de cerca y de involucrar activamente a las personas con discapacidad, a través de sus organizaciones representativas, en el desarrollo e implementación de cualquier política relacionada con la discapacidad.

Como ha señalado el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en su Observación general núm. 7 (2018) sobre la participación de las personas con discapacidad, incluidos los niños y las niñas con discapacidad, a través de las organizaciones que las representan, en la aplicación y el seguimiento de la Convención, a fin de cumplir las obligaciones dimanantes del artículo 4, párrafo 3, los Estados partes deberían incluir la obligación de celebrar consultas estrechas e integrar activamente a las personas con discapacidad, a través de sus propias organizaciones, en los marcos jurídicos y reglamentarios y los procedimientos en todos los niveles y sectores del Gobierno. Los Estados partes deberían considerar las consultas y la integración de las personas con discapacidad como medida obligatoria antes de aprobar leyes, reglamentos y políticas, ya sean de carácter general o relativos a la discapacidad”.

También "insta al Gobierno de Su Excelencia a que adopte todas las medidas necesarias para proteger los derechos de la personas con discapacidad. Quisiera asimismo instarle a que tome las medidas efectivas para evitar que tales hechos, de haber ocurrido, se repitan".

La Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad, espera que el Estado Mexicano proporcione "cualquier información o comentario adicional en relación con la información presentada", también proporcione "información detallada sobre las medidas adoptadas por el Gobierno de Su Excelencia para asegurar el pronto nombramiento del titular del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad".

Además de "proporcionar información sobre las medidas a adoptar por el Gobierno de Su Excelencia para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones con relación al artículo 33 párrafo 1 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad en la eventualidad de una reforma o disolución del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad", así como también proporcione "información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno de su Excelencia para facilitar las consultas y la integración de las personas con discapacidad como medida obligatoria antes de decidir sobre el futuro del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad, de acuerdo con el artículo 4 párrafo 3 de la Convención".