Se debe garantizar el derecho de acceso a la información
Por Reyes Gamez
Monterrey, México, ELECCIONES 2021 (Agencia de Noticias 3er Sector).- La falta de accesibilidad física, de información y de comunicación continúan representando importantes barreras a la inclusión efectiva de las personas con discapacidad, en los procesos electorales, señaló el Mecanismo Independiente de Monitoreo Nacional de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Recordaron que las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, incluyen también la protección del derecho de las personas con discapacidad a la asociación, afiliación, a formar parte de las autoridades electorales, a ser votado y a emitir su voto sin discriminación, la facilitación de ajustes y el uso de nuevas tecnologías para el ejercicio de sus derechos en un plano de igualdad, lo que implica la eliminación de las barreras existentes.
El Mecanismo Nacional exhorta a las autoridades electorales y los partidos políticos, a eliminar las barreras que puedan presentarse, en el ejercicio de los derechos político-electorales de este grupo de población, para tomen "en cuenta a las personas con discapacidad, al momento en que se diseñan las plataformas electorales de los partidos políticos, a fin de garantizar su derecho a la información; lo que trae aparejado que las campañas electorales sean difundidas a través de tecnologías y formatos accesibles para este grupo vulnerable de población, con el objeto de que se encuentren en posibilidad de emitir su sufragio de manera informada, autónoma y libre; así como a la promoción de su participación a cargos de elección popular, con miras a una democracia incluyente.
Al definirse y establecer la ubicación de las casillas electorales se contemple la accesibilidad física para las personas con discapacidad, incluyendo instalaciones y materiales electorales, con el fin de que éstos últimos sean adecuados, accesibles y fáciles de entender y utilizar por las personas con discapacidad".
Los integrantes del Mecanismo Nacional celebraron la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y la consecuente acción afirmativa implementada por el Instituto Nacional Electoral, que contempla los criterios para el registro de candidaturas a diputaciones de personas indígenas, personas trans, afromexicanas y con discapacidad, publicada el 15 de enero del presente año.
Pero subrayaron que en México existen importantes rezagos, en cuanto a la garantía de protección de los derechos políticos electorales de las personas con discapacidad, en el ámbito legislativo y en las prácticas ejercidas en contra de este colectivo, lo que incide negativamente en su participación al derecho de votar y ser votado a cargos de elección popular.
Mencionaron que un ejemplo de ello es es el artículo 280, numeral 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales el cual expresa que: En ningún caso se permitirá el acceso a las casillas a personas que se encuentren privadas de sus facultades mentales, intoxicadas, bajo el influjo de enervantes, embozadas o armadas. Por lo que desde el Mecanismo Nacional enfatizaron que tal "disposición convalida las prácticas discriminatorias ejercidas en contra de las personas con discapacidad y afectan su derecho al voto, de manera particular a las personas con discapacidad intelectual y psicosocial".
"El artículo 1, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, como principio fundamental, el derecho a la igualdad y no discriminación, por consiguiente, el Estado Mexicano tiene la obligación de garantizarlo, especialmente a grupos en situación de vulnerabilidad y de manera particular a las personas con discapacidad.
En un Estado Democrático de Derecho, la jornada electoral y los procesos adyacentes a la misma cobran gran relevancia, toda vez que las elecciones son la vía ciudadana para que, en uso de los derechos político-electorales, los gobernados participan en la toma de decisiones públicas, así como en el ejercicio de la función política", expresaron los integrantes del Mecanismo Independiente de Monitoreo Nacional de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la CNDH.