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Congreso de NL solamente cuenta con un empleado con discapacidad

Inclusión Social
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No hay empleados certificados en la LSM

Por Reyes Ramiro Gamez Barboza

Monterrey, México (Agencia de Noticias 3er Sector).- El pasado mes de febrero la diputada Iztel Castillo acompañada de ciudadanos con discapacidad, presentaron iniciativas y un exhorto para solicitar al Gobierno del Estado de Nuevo León mayores oportunidades de trabajo para las personas con discapacidad, sin embargo en el Congreso solamente hay un empleado con discapacidad.

A través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) al responder a la solicitud de información realizada por la Revista 3er Sector, el Poder Legislativo señaló que hasta el 28 de febrero de 2023 se encontraban laborando 459 personas, de las cuales son 21 Diputadas y 21 Diputados siendo un total de 42, el personal de base y confianza suma un total de 156 personas y del número del personal por honorarios es un total de 261.

Y "que se encuentra una persona con discapacidad laborando en el Centro de Estudios Legislativos, con puesto de Auxiliar "A" y sexo masculino", señaló Félix Fernando Ramírez Bustillos, Jefe de la Unidad de Transparencia y Oficial de Protección de Datos Personales del Congreso.

Llama la atención que en el boletín especial "Contratación de personas con discapacidad  en el servicio público" de la Comisión Estatal de Derechos Humano de Nuevo León (CEDHNL), por parte de  la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso no hubo respuesta a los cuestionamientos realizados por el Organismo.

En dicho documento la CEDHNL mencionó que el artículo 27 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad dispone la obligación del Estado de adoptar medidas pertinentes, incluidas las legislativas, a fin de salvaguardar y promover el ejercicio del derecho al trabajo de las personas con discapacidad, entre ellas, emplear a personas con discapacidad en el sector público.

En tanto que el artículo 22, fracción IV de la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad refiere la obligación de las autoridades de formular y ejecutar acciones específicas de incorporación de personas con discapacidad como servidoras públicas del Estado y los municipios, debiendo garantizar que al menos el 2% del total de la plantilla laboral de la administración pública sea destinada a la contratación de personas con discapacidad. El artículo segundo transitorio del Decreto publicado en el Periódico Oficial el 3 de abril de 2019, establece: “las autoridades Estatales y municipales, tendrán tres años a partir de haber entrado en vigor el presente Decreto para implementar de forma completa las acciones para impulsar la contratación, así como para completar el porcentaje de contratación mínima del 2 por ciento de personas con discapacidad en sus administraciones públicas”.

Falta difusión de la protección de los derechos de las personas con discapacidad

En la solicitud de información realizada en la PNT al Congreso le fue cuestionado acerca de si imparten talleres o cursos a los servidores públicos que les permitan conocer el contenido de la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad, la respuesta fue “que actualmente no existe registro de que se realicen acciones para promover entre los servidores públicos el conocimiento de los derechos de las personas con discapacidad y el trato digno a este sector de la población”.

En diferentes mesas de trabajo donde han invitado a población con discapacidad y representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil que procuran su bienestar y la defensa de sus derechos, le han expresado a los legisladores la importancia de que el personal administrativo que labora en el Congreso tengan una verdadera toma de conciencia de que dicho sector de la población se puede representar y que también se le brinde un trato digno.

Sin personal que pueda interpretar en LSM, ni formatos accesibles

Además en el caso de que a las instalaciones del Poder Legislativo acuda una persona sorda que sea usuaria de la Lengua de Señas Mexicana, pues no podrá ser atendido de manera adecuada, ya que informaron que actualmente no se ofrecen entre los servidores públicos talleres o cursos para aprender lengua de señas mexicana", ni tampoco "labora personal certificado o con conocimiento avanzado para interpretar lengua de señas mexicana".

Solamente en la sesiones del Pleno del Congreso se ofrece la interpretación de Lengua de Señas Mexicana.

Desde hace tres legislaturas la comunidad sorda ha planteado a la Mesa Directiva del Congreso y a diferentes grupos legislativos que se contrate a personal certificado en la interpretación de la LSM, pero parece no ha habido eco a su demanda, ya que cuando acuden al recinto legislativo deben las personas sordas llevar a la persona que los va apoyar en la interpretación.

Las personas con discapacidad visual no puede acceder a información escrita incluyente, ya que en el Congreso no se no se distribuye material en Sistema de Escritura Braille, ni tampoco hay ajustes razonables en los materiales impresos, debido a que no hay formatos de lectura fácil para las personas con discapacidad intelectual y las personas con discapacidad psicosocial.

“Se informa que no existen folletos o trípticos del quehacer de este Congreso o de los Diputados que lo integran en sistema de escritura braille, ni en folletos ni en trípticos”, mencionó el Jefe de la Unidad de Transparencia y Oficial de Protección de Datos Personales del Congreso.

Respecto al diseño de accesibilidad universal, subrayó que “actualmente se cuenta con instalaciones en el exterior del edificio y no se cuenta con instalaciones en el interior”.

Aunque lo anterior se contradice con lo señalado en la Ley para la Protección de los Derechos de las Personas con Discapacidad que garantiza que las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal en condiciones dignas y seguras en espacios públicos.

Refiere que las dependencias de la Administración Pública Estatal y Municipal vigilarán el cumplimiento de las disposiciones que en materia de accesibilidad, desarrollo urbano y vivienda se establecen en la normatividad vigente. Los edificios públicos que sean construidos a partir del inicio de la vigencia de esta Ley, según el uso al que serán destinados, se adecuarán a las Normas Oficiales Mexicanas vigentes para el aseguramiento de la accesibilidad universal a las personas con discapacidades.