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DIF NL no acepta Recomendación sobre caso Fabriles: CEDHNL

Inclusión Social
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La CEDHNL confirmó la responsabilidad de servidores públicos

Por Reyes Gamez

Monterrey, México (Agencia de Noticias 3er Sector).- La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León (CEDHNL), informó que el DIF estatal no aceptó la Recomendación 01/VG/2023 por el fallecimiento de Ángel Manuel Moren en el DIF Fabriles, a quien le fueron vulnerados al menos 11 de sus derechos fundamentales.

El martes 13 de junio se cumplió el plazo de 10 días hábiles para que la Dirección del DIF dijera si aceptaba o rechazaba la Recomendación, la dependencia estatal manifestó que se encontraba  "imposibilitada para cumplir en su totalidad, con los puntos recomendatorios", por lo que la CEDHNL enfatizó que esa respuesta "implica, de facto, una no aceptación".

En la Recomendación, el Organismo solicita a la autoridad responsable realizar una disculpa pública y memoriales para la víctima, contar con servicios médicos en el espacio donde falleció el adolescente, elaborar un padrón de niñas, niños y adolescentes a cargo del DIF, llevar a cabo una consulta a las niñas, niños y adolescentes sobre el trato que reciben, así como un enfoque diferenciado y especializado, elaborar protocolos para casos de traslados, agresiones a infantes y adolescentes, y casos de emergencia médica.

La Comisión confirmó que la responsabilidad de las violaciones a derechos humanos por el fallecimiento de Ángel Manuel es de quienes ocupaban los cargos como Director General del DIF, Director de Atención al Menor y la Familia del DIF y del Encargado de la Enfermería de Fabriles.

La CEDHNL subrayó que "las Recomendaciones no pueden aceptarse de manera parcial", por lo que enviará al DIF  una solicitud para que haga público el informe en el que funde y motive su negativa, a efecto de realizar un informe de suficiencia de los argumentos vertidos por la autoridad responsable, y "de no reconsiderarse la aceptación, el caso será turnado al Congreso del Estado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 46 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León".