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Mar, Abr
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Aprueban reformas y adiciones a Ley que garantiza los Derechos de las Personas con Autismo

Inclusión Social
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Se favorece los principios de pro persona e interés superior de la niñez.

Por Reyes Gamez/Agencia de Noticias 3er Sector

Monterrey, México.- Buscando que la legislación que garantiza los derechos de las Personas con la Condición del Espectro Autista, se de en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades es que el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular, con 327 votos, reformar y adicionar diversas disposiciones a la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.

 

En el documento aprobado se "aclara que discapacidad es cualquier limitación que presentan las personas con la condición del espectro autista de carácter físico, mental, intelectual o sensorial, permanente o temporal para llevar a cabo determinadas actividades". Así mismo el dictamen que pasó al Senado de la República para sus efectos Constitucionales "establece que se favorece en todo momento los principios de pro persona e interés superior de la niñez, y sin perjuicio de los derechos tutelados por otras leyes u otros ordenamientos".

En el tema laboral, el dictamen menciona que "las personas autistas y/o sus familias tienen derecho a recibir formación y capacitación para obtener un empleo adecuado, con contrataciones justas, estables y sin discriminación ni prejuicios, promoviendo igualdad de oportunidades, promoción de habilidades para ellas, promoviendo el derecho al trabajo tanto en la empresa pública como en la privada y que no se le asignen labores que los pongan en situaciones de riesgo".

Las personas con la  Condición del Espectro Autista junto con sus familias deben exigir al Estado que se cumpla lo que dice la Ley, por ello en las reformas aprobadas "se instaura la forma de participación de los familiares en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de acciones para la atención, asistencia y protección de sus derechos y garantías".

Además se "señala que la ley instituye las facultades, competencias, concurrencia y bases de coordinación entre la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para atender sus derechos y protección".

Los legisladores destacan que las personas que se encuentren sin cuidado parental o familiar "contarán con los servicios de los centros de asistencia social donde se les proporcionará el cuidado alternativo o acogimiento residencial".

En el documento se subraya que la "tolerancia, es el respeto hacía opiniones, ideas o actitudes de personas con la condición del espectro autista o lo que es diferente de lo propio, y puede manifestarse como un acto de indulgencia ante algo que no se quiere o no se puede impedir", en tanto que la "discriminación por motivos de su condición autista se da en cualquier distinción, exclusión o restricción que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar el reconocimiento de los derechos humanos, garantías y libertades en los ámbitos económico, social, cultural, civil o de cualquier otro tipo" y "corresponderá al Estado a través de las dependencias de la Administración Pública Federal, organismos constitucionales autónomos, gobiernos de las entidades federativas y municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, promover el respeto, ejercicio de los derechos y garantías que les asisten".

En el tema educativo se menciona que "las instituciones educativas públicas o privadas de educación preescolar, educación básica, educación media y de nivel superior, deberán tener conocimiento de las características presentadas por las personas en esta situación y condiciones similares sobre su manejo en aula de clases".